
El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, rechazó el llamado a movilizaciones lanzado en las últimas horas por supuestos dirigentes gremialistas y recordó que la Administración Tributaria mantiene reuniones permanentes con los representantes legalmente reconocidos de los comerciantes minoristas, artesanos y vivanderos, a nivel nacional, para absolver sus dudas y mantenerlos actualizados en cuanto a la norma tributaria vigente.
La autoridad reiteró que se mantiene plenamente vigente el Régimen Tributario Simplificado (RTS) en sus seis categorías, con un monto de capital mínimo de Bs 12.001 y un máximo de Bs 60.000, además de un monto de ventas anuales de Bs 184.000.
“Los comerciantes minoristas, los artesanos y los vivanderos —recordó Cazón— que trabajan con un monto de capital menor que Bs 12.000 ni siquiera tienen que inscribirse en el Régimen Simplificado; entonces es mentira que Impuestos Nacionales no respete la norma tributaria, como dijo un supuesto dirigente gremialista desde la ciudad de El Alto”.
La última actualización de valores del RTS se llevó a cabo en octubre de 2018 mediante el Decreto Supremo 3698, que creó la sexta categoría de contribuyentes del Régimen Simplificado que operan con un monto de capital de entre Bs 37.000 y Bs 60.000.
El mismo decreto elevó el monto de ventas anuales del RTS de Bs 136.000 a Bs 184.000.
En este sentido, “Impuestos Nacionales continua con las puertas abiertas para la dirigencia gremialista reconocida por sus bases” y sostiene que quienes convocan a movilizaciones y bloqueos tienen afanes personales y políticos.
¿Qué es el RTS?
El RTS fue instituido mediante el Decreto Supremo Nº 24484, de 29 de enero de 1997, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes en las actividades de comercio minorista, artesanía y vivanderos, de acuerdo con su capacidad económica.
La norma tributaria vigente también establece que los contribuyentes del RTS que tienen un capital de operación de Bs 12.001 a Bs 15.000 pagan cada dos meses un impuesto consolidado de Bs 47; quienes tienen un capital de Bs 15.001 a Bs 18.700, pagan Bs 90; quienes tienen de Bs 18.701 a Bs 23.500, pagan Bs 147.
Mientras que los contribuyentes del RTS con un capital de Bs 23.501 a Bs 29.500, pagan Bs 158; quienes tienen de Bs 29.501 a Bs 37.000, pagan Bs 200; y de Bs 37.001 a Bs 60.000, pagan Bs 350. En todos los casos cada dos meses.
Para pertenecer al RTS, el comerciante minorista, vivandero o artesano debe tener un capital de operación que no exceda los Bs 60.000 (monto vigente desde el 1 de enero de 2019) y un monto de ventas anuales de hasta Bs 184.000.